AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente -ahora accionante-, refiere que su mandante ingresó a trabajar a la Alcaldía de Llallagua el 5 de julio de 1978, iniciándose en su contra un proceso sumario administrativo, como consecuencia de una denuncia, pronunciando por la Autoridad Sumariante correcurrida la Resolución 03/2007, disponiendo la destitución de su representada, sin derecho a percibir beneficios sociales, por lo que interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, sin lograr un resultado favorable, confirmando la decisión asumida, a cuyo efecto se emitió el memorando 008877 de 23 octubre de 2007, disponiendo la destitución de su poderdante, sin derecho al pago de beneficios sociales. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia in límine de la presente acción.