AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2010-RCA

Fecha: 11-Ago-2010

improcedencia in límine

Por Resolución de 9 de abril de 2008 5 recurso por  in lo es improcedente por los argumentos expuestos precedentemente., cursante de fs. 173 vta. a 175, la Jueza de Partido Mixta, Liquidadora y de Sentencia de Llallagua, declaró la improcedencia in límine del recurso por subsidiariedad, argumentando que la representada del recurrente, agotada la instancia administrativa, al no ser considerada servidora pública de carrera, debió acudir a la judicatura laboral y pedir su reincorporación, al encontrarse sujeta a la Ley General del Trabajo, conforme determina el art. 59 y 11 de las Disposiciones Finales y Transitorias de la Ley de Municipalidades (LM).