Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2010-RCA
Fecha: 18-Ago-2010
I.4. Petitorio
Solicita se declare procedente el presente recurso y se deje sin efecto la Resolución "078/2007 SSA.II"; y consecuentemente se deje subsistente el Auto de 28 de marzo de 2007, pronunciado por el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social, intimando el pago de Bs14 347 516,05.- por parte de la COMIBOL.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- Vista 078/2007 de 31 de julio, emitido por los Vocales recurridos,
- I.4. Petitorio
- improcedencia
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Auto de Vista 078/2007, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
- 1. rechacen el recurso
- inmediatez.
- en el plazo máximo de seis meses
- De manera específica, en lo atinente al principio de inmediatez como causal de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional,
- "De la revisión de obrados se establece que las partes, fueron legalmente notificadas con la Resolución A.I. No 078/2007 SSA.II de 31 de julio de 2007