AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

a)

Mediante decreto de 18 de junio de 2008, el Tribunal de garantías otorgó al recurrente el plazo de cuarenta y ocho horas a objeto que subsane las siguientes observaciones: a) Aclarar la calidad que asumen en el recurso, las personas nombradas en el numeral I.1 incs. a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), ll) y m), a fin de otorgarles el tratamiento procesal que corresponda; b) Identificar a las personas a las que se refiere bajo el denominativo de “LAS VICTIMAS”, señalando su nombre, apellidos y domicilio real; c) Señalar el domicilio real de la tercera interesada Ghislaine Cerball de Mitellstad; y, d) Identificar plenamente a los terceros interesados Moisés Torrez y Lorenza Mostacedo, especificando su segundo apellido (fs. 730); con dicha providencia el recurrente fue notificado el 19 de junio de 2008 (fs. 731), habiendo presentando el memorial cursante de fs. 735 a 740 con la suma “…SUBSANA LO OBSERVADO Y PIDE ADMISIÓN DE RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL” (sic).