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    AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2010-RCA

    Fecha: 24-Ago-2010

    APROBAR,

    El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR, la Resolución 188 de 25 de junio de 2008, cursante a fs. 741 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca.

    • revisión
    • I.1. Síntesis del recurso
    • I.4. Petitorio
    • a)
    • rechazó
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
    • I.
    • los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
    • el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido
    • APROBAR,

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