AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

extraordinario de tramitación especial y carácter

 En principio, cabe tenerse presente que la acción de amparo constitucional, es extraordinario de tramitación especial y carácter sumarísimo, de única y última instancia, siendo por tanto su procedimiento diferente de los procesos ordinarios. Así se ha expresado tanto en la jurisprudencia de este Tribunal como en la doctrina, por cuanto se pretende la restitución o restablecimiento inmediato de los derechos fundamentales y garantías constitucionales normativas, en los casos en los que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones legales o indebidas de autoridades publicas o particulares, es más los arts. 98, 100, 101 y 102 de la LTC, que se refieren a la admisión, citación, audiencia y resolución del recurso de amparo, establecen los plazos, de tal manera que se procura la celeridad e inmediatez, porque el recurso amerita ser resuelto sin dilaciones, caso contrario corresponde responsabilidad y sanciones.