AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

ser diligentes y estar pendientes por su propio interés y realizar el seguimiento que corresponda a su solicitud, e impugnar dentro de término las actuaciones que correspondan

Es responsabilidad de quienes activan la acción de amparo constitucional, por la naturaleza del misma, ser diligentes y estar pendientes por su propio interés y realizar el seguimiento que corresponda a su solicitud, e impugnar dentro de término las actuaciones que correspondan. En el presente caso de la revisión del expediente  se tiene que los accionantes fueron notificados con la Resolución de declaración de improcedencia in límine 29/2008, el 17 de junio de 2008 a horas 10:02 a.m. (fs. 111), habiendo presentado recién memorial de impugnación el 25 de junio de 2008, es decir fuera del término de tres días.