AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0209/2010-RCA

Fecha: 24-Ago-2010

I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición de a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y del Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal, se circunscriben únicamente a la “...revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009”, dado que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los alcances previstos por la referida Ley, el Pleno de este Tribunal a través del Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo, computándose para el efecto a partir del sorteo efectuado el 10 de agosto de 2010, en consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.

Se hace costar que una vez efectuado el sorteo, el Magistrado, Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés, manifestó su desacuerdo con el proyecto de Resolución, motivo por el cual, el 19 de agosto de 2010, el Responsable de la Comisión de Admisión, convoca a la Magistrada, Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, a efecto de conocer y resolver el presente caso, contando con el número de votos, establecidos por Ley.