Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0210/2010-RCA
Fecha: 24-Ago-2010
COMISIÓN DE ADMISIÓN
No interviene los Magistrados Dr. Ernesto Félix Mur y la Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, al no estar de acuerdo con el presente Auto Constitucional; en consecuencia a los efectos de la previsión contenida en el art. 33.I de la Ley del Tribunal Constitucional, se convocó al Magistrado Dr. Juan Lanchipa Ponce, para que integre la Comisión de Admisión en el presente caso.
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis del recurso
- I.3. Derechos supuestamente vulnerados
- I.4. Petitorio
- rechazo
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC)
- II.2.
- I.
- requisitos de contenido
- requisitos de forma
- II.3.3. Del Tribunal de garantías
- 2º
- COMISIÓN DE ADMISIÓN