AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2010-RCA-BIS
Fecha: 31-Ago-2010
Fragmento 1
En revisión la Resolución 559/2008 de 13 de agosto, cursante de fs. 123 a 124, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Nancy Ayda Zegarra de Fonseca contra José Antonio Quiroga Morales, Gerente General; Mario Valdez Guillen, Administrador Regional; Juan Hoyos Velásquez, Juan Carlos Alvarado Reyes, Leocadio Marca Llanque, Arturo Montero Núñez del Prado, César Peredo Alaiza, María Elsa Crispín Quiñonez, Gonzalo Bernal Brito, Demecio Gabriel Victoria y Oswaldo Irusta, miembros del Directorio Nacional, todos de la Caja Nacional de Salud (CNS), alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la seguridad jurídica, a la petición y a la remuneración, citando al efecto los arts. 6.II, 7 incs. a), h) y j) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Autoridades recurridas
- I.4. Petitorio
- rechazo
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- “…la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
- I.-
- contenido
- II.3. Interposición simultánea de la acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- II.4. Análisis del caso enviados en revisión
- APROBAR,