AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2010-RCA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2010-RCA-BIS

Fecha: 31-Ago-2010

I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

El art. 4 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que las competencias y funciones de este Tribunal se circunscriben únicamente a la “…revisión y liquidación de los recursos constitucionales presentados hasta el 6 de febrero de 2009”, y puesto que la carga procesal es considerable, a objeto de resolver todas las causas dentro de los alcances previstos por la referida Ley, el Pleno de este Tribunal por Acuerdo Jurisdiccional 002/2010 de 8 de marzo, ha dispuesto la resolución de causas mediante sorteo, computándose para el efecto a partir de dicho acto procesal, procediéndose al sorteo del expediente el 17 de agosto de 2010, por lo que el presente Auto Constitucional es pronunciado dentro de término.

Ante el voto por la admisión del recurso de los Magistrados Dres. Abigael Burgoa Ordoñez y Marco Antonio Baldivieso Jinés, y el desacuerdo del Magistrado Dr. Ernesto Félix Mur, se convocó el 19 y 23 de agosto de 2010, a los Magistrados Presidente Dr. Juan Lanchipa Ponce y Dra. Ligia Mónica Velásquez Castaños, los cuales se adhirieron al criterio del Dr. Ernesto Félix Mur.