AUTO CONSTITUCIONAL 0532/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0532/2010-CA

Fecha: 03-Ago-2010

no puede encontrarse sometido a decisiones emanadas de este órgano de control de constitucionalidad”

En efecto, las decisiones emanadas del órgano contralor de constitucionalidad y, en particular, las ratios decidendis de las sentencias constitucionales, son vinculantes para los poderes constituidos en tanto y cuanto no entre en vigencia el nuevo orden constitucional; sin embargo, la función constituyente, por su carácter originario, autónomo, extraordinario y extra-jurídico, no puede encontrarse sometido a decisiones emanadas de este órgano de control de constitucionalidad” (las negrillas son nuestras).