SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0761/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
Juan Carlos Quiroga
Juan Carlos Quiroga en representación de Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., por memorial de 26 de abril de 2007, cursante de fs. 249 a 251, señaló: a) Correspondía el rechazo in límine del recurso, por cuanto desde la interposición del recurso, desde la notificación con el Laudo Arbitral, transcurrieron más de seis meses; b) La recurrente no hizo uso oportuno del recurso de anulación previsto en los arts. 62 y 64 de la LAC, a fin de agotar los recursos ordinarios; c) El debido proceso y seguridad jurídica no pueden ser analizados por el Tribunal de amparo al no ser competencia de la justicia constitucional pronunciarse sobre cuestiones de hecho que son de única y exclusiva atribución del Tribunal Arbitral y; d) No es evidente la vulneración de la seguridad jurídica ya que las autoridades recurridas han pronunciado el Laudo Arbitral impugnado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- Juan Carlos Quiroga
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 14
- seis meses
- En cuanto al inicio del cómputo de plazo
- III.3 Análisis del caso concreto
- después de los seis meses de tomar conocimiento real y efectivo de la supuesta lesión
- concedido
- REVOCAR