Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0761/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público”; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 008/2007 de 26 de abril, cursante de fs. 253 a 258, pronunciada por la Sala Social y Administrativas del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- Juan Carlos Quiroga
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 14
- seis meses
- En cuanto al inicio del cómputo de plazo
- III.3 Análisis del caso concreto
- después de los seis meses de tomar conocimiento real y efectivo de la supuesta lesión
- concedido
- REVOCAR