SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0766/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.6.
II.6. El 6 de marzo de 2007, los ahora recurrentes en representación de la Asociación Accidental APOLO-IASA, presentaron un nuevo recurso de amparo constitucional, esta vez contra por Grace Ponce de Loza, Gerente General a.i. e Iván Salinas Miranda, Gerente General de Servicios Generales, ambos de la CNS, en razón de estar ejerciendo las funciones antes desempeñadas por José Álvaro Carranza Urriolagoitia y Eliodoro Moya Arancibia, ex Director Ejecutivo a.i. de la CNS y ex Director de Servicios Generales de la referida institución, quienes emitieron la Resolución 001 y Resolución de Adjudicación 124, respectivamente. En este recurso, los accionantes al igual que en el anterior amparo, solicitaron se dejen sin efecto las Resoluciones antes señalada emitidas por las autoridades de la CNS; se disponga que la ARPC proceda a emitir nueva resolución cumpliendo el sistema de evaluación, incluyendo el cálculo del promedio de las propuestas no rechazadas; se anule el proceso de contratación hasta el vicio más antiguo y se paralice la ejecución de la obra, para que reencauzando el proceso se adjudique la obra a la Asociación Accidental APOLO-IASA; y, finalmente se ordene a la CNS la devolución de las boletas bancarias de garantías presentadas, para viabilizar su impugnación ante la MAE (fs. 213 a 232).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Consideraciones sobre la improcedencia del amparo por identidad de sujeto, objeto y causa
- III.4. Análisis del caso
- APRUEBA