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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0769/2010-R

    Fecha: 02-Ago-2010

    II.3.

    II.3.  Habiendo expresado, las supuestas víctimas, durante declaraciones y entrevistas psicológicas, la inexistencia del delito, y sus progenitores, que lo único que pretenden es la firma de un acta de garantías y buena conducta, la Fiscal de Materia, Pura Cuéllar Ortíz, ordenó el cese del arresto, mediante Resolución de 2 de mayo de 2008, suscrita por los recurrentes (fs. 8).

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • ordenar la tutela
    • III.3. El hábeas corpus, ahora acción de libertad, y el principio de informalismo: prueba que demuestre la verosimilitud de los hechos narrados
    • El informalismo, por la ausencia de requisitos formales en su presentación
    • se amplía la posibilidad de presentación oral
    • III.4. Oportunidad de presentación de la acción de libertad, en los casos que se denuncia privación de libertad ilegal o indebida - improcedencia ante la cesación de la detención supuestamente ilegal o indebida
    • III.5.  El caso en análisis
    • APROBAR

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