SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0807/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

derecho

Esta reconocido constitucionalmente como derecho y garantía a la vez, el art. 115.II de la CPE establece que: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, y el art. 117.I de la misma Ley Suprema complementa en sentido de que: Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso…”. También está reconocido en las normas internacionales de Derechos Humanos, como ser el art. 8 de la Convención Americana sobre derechos humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que lo enmarca como una garantía judicial, al igual que el art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).