SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

a)

La Fiscal recurrida, informó en audiencia lo siguiente: a) Encontrándose de turno, conoció el caso en el que el recurrente, René Salvador Morales, en estado de ebriedad, participó en una pelea con José Luis Pérez, quien tenía una herida sangrante en la cabeza, motivo por el que el policía René Alcoba, lo condujo a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), en calidad de arrestado, dado que fue sorprendido en flagrancia; b) No es evidente que hubiera ordenado su aprehensión ni fue realizada como indica el art. 226 del CPP; c) Ordenó  el examen médico legal, y el estudio de alcoholemia; d) No pasaron las veinticuatro  horas para remitirlo a disposición del juez cautelar, quien deberá decidir “a horas 17:00” sobre su situación jurídica; e) Presentó su imputación formal sobre la base de la denuncia de la víctima y la declaración informativa del recurrente, no existiendo  prueba fehaciente pero sí indicios; y, f) El recurrente puede hacer valer sus derechos ante la autoridad cautelar que conocerá su caso.