SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

III.3.

          Este Tribunal en las SSCC 0133/2000-R, 0832/2004-R, 0847/2004-R; entre otras, sentó el siguiente entendimiento jurisprudencial: “…el hábeas corpus, dada la naturaleza de los derechos que se encuentran bajo su ámbito de protección, los principios de inmediatez y subisidiariedad no le son aplicables, de modo que, quien se considera perseguido, detenido, procesado o apresado indebida o ilegalmente puede independientemente del tiempo en que sufrió la lesión a sus derechos a la libertad física o a la locomoción; y los recursos que tenga en la jurisdicción ordinaria para hacerla dejar sin efecto, puede acudir a esta jurisdicción solicitando tutela”.