SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0884/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0884/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.2.

II.2.  Del formulario de los requisitos de los postulantes firmando por el Presidente del Tribunal Disciplinario Superior, Relator, Inspector General, Sub Comandante General y Comandante General de la Policía Nacional y la firma del recurrente, se evidencia que éste no cumple el requisito del art. inc. d) “Haber desempeñado el cargo de Dirección por un tiempo no menor a dos años en los mandos superiores de la institución en forma alternativa y/o consecutiva tales como: 1) Directores Nacionales y/o miembros del Estado Mayor del Comando General de la Policía Nacional, 2) Comandantes Departamentales de Policía; y, 3) Director de la Escuela Superior de Policías a lo que se denominada centro de Estudios Superiores y Policiales y la Academia Nacional de Policías respectivamente” (fs. 3).