SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.1.

II.1.  Cursa el formulario de citación al recurrente para su declaración informativa ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), el mismo que fue representado por el investigador asignado al caso (fs. 32 y vta.); ante la representación el Fiscal asignado libra mandamiento de aprehensión contra el recurrente, emitiéndose el formulario correspondiente (fs. 33 y 34), de la misma manera el investigador representa el mandamiento de aprehensión por no encontrarse al recurrente (fs. 34 vta.).