SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. El 5 de marzo de 2008, el Juez recurrido previo a disponer el allanamiento solicita se proporcione el número IANUS, ya que no se ha podido encontrar el proceso (fs. 35), el Fiscal asignado solicitó mandamiento de allanamiento para requisa y secuestro (fs. 47); por Resolución 190/2008 de 23 de abril, la autoridad jurisdiccional dispone contra el recurrente mandamiento de allanamiento con facultad de realizar registro, requisa y secuestro en la av. Busch esquina Puerto Príncipe 1390 de la zona de Miraflores, el mismo que fue dispuesto por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal en suplencia del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal ambos del Distrito Judicial de La Paz (fs. 36 y 37 repetido a fs. 48 y 49), por lo que se procedió a la aprehensión del recurrente el 28 de abril de 2008 (fs. 38 y 39); ésta autoridad expidió el mandamiento de apremio firmando el 24 de abril de 2008 (fs. 43).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Alcances de la acción de libertad cuando se alega detención ilegal o indebida
- se restituya su derecho a la libertad
- Salvo que por las situaciones debidamente justificadas y la particularidad del caso, durante la privación de libertad no le fue posible interponer la acción de libertad, sino inmediatamente después de haber cesado la misma, lo cual no hace desparecer el acto ilegal y amerita un pronunciamiento de fondo a objeto de establecer las responsabilidades que correspondan, sean civiles, penales, u otras, dependiendo de la gravedad y del sujeto pasivo o causante de la lesión de derechos”.
- III.3. En cuanto a la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- dispuso la libertad provisional del accionante mediante Resolución 200/2008 de 29 de abril
- En cuanto al supuesto procesamiento ilegal
- APROBAR