SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0914/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
denegando
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 77 de 31 de mayo de 2007, cursante de fs. 424 vta. a 426, denegando la tutela solicitada, con imposición de costas a la parte recurrente, en la suma de Bs300.- (trescientos bolivianos), con los siguientes fundamentos: a) El presente recurso tiene como antecedente un proceso penal, en el cual se interpuso una excepción de prejudicialidad por parte del Banco Ganadero S.A., la que en primera instancia fue declarada improbada y en apelación probada, Resolución que los accionantes consideran que vulnera sus derechos fundamentales; y, b) La jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional, señala que el recurso de amparo no es una instancia procesal y que por lo mismo no puede equipararse a esta acción extraordinaria con un recurso de apelación y menos con un recurso de casación, por lo que no se activa para reparar supuestos actos que infrinjan las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas; siendo dicho entendimiento aplicable al caso de autos, en el que los correcurrentes no han demostrado de qué forma se ha producido la lesión a sus derechos fundamentales, buscando convertir al Tribunal de garantías en una especie de tribunal de casación, al pretender se revise, reconsidere y revalorice la prueba que fue objeto de compulsa por el Tribunal recurrido, cuando conforme a la jurisprudencia no le corresponde a la jurisdicción constitucional valorar la prueba producida dentro de la sustanciación de un proceso judicial, atribución privativa de los órganos jurisdiccionales ordinarios; además que no se observa que los recurrentes hayan demostrado la vulneración de sus derechos y en qué forma los recurridos produjeron dicha lesión.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Valoración de la prueba e interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR