SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0914/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, alegan la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la propiedad privada y de la garantía al debido proceso, indicando que solicitaron una línea de crédito al Banco Ganadero S.A., con el objeto de concluir la construcción de un edificio que habían iniciado, denominado “Mayda”, la que no pudieron cubrir, por lo que a sugerencia del citado Banco, dieron en pago o prestación diversa a la debida el edificio, que supuestamente constituiría una actuación ficticia; sin embargo, en forma posterior, el Banco sosteniendo que era un documento real lo registró en DD.RR., por lo que dándose cuenta del engaño, interpusieron un proceso de nulidad, en el que el Juez de la causa mediante Auto de 3 de septiembre de 2003, ordenó la prohibición de innovar y contratar sobre el bien inmueble en litigio; empero, el mencionado Banco no cumplió dicha determinación, transfiriendo a terceros parte del mismo, ante lo cual iniciaron proceso penal por el delito de estelionato, en el que el Banco planteó excepción de prejudicialidad, que fue inicialmente declarada improbada y luego probada por los Vocales recurridos, hoy demandados, a través del Auto de 9 de marzo de 2007, sin sujeción a las reglas establecidas en la ley, bajo el supuesto fundamento que la Jueza de primera instancia, procedió de forma incorrecta y sin tomar en cuenta e interpretar en su debida dimensión los arts. 308 incs. 1) y 309 del CPP, constituyendo los argumentos expresados en dicho Auto una “falsedad o falacia”, ya que si bien los tres juicios civiles que plantearon pueden tener el mismo objeto, sujeto y causa, no puede extraerse que de ellos dependa la existencia de los elementos constitutivos del delito, al tener el proceso civil diferente objeto que el penal; encontrándose por ende, frente a una interpretación absurda, ilógica e irracional, en la que no se respetaron los principios de congruencia y objetividad. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Valoración de la prueba e interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR