SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0921/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0921/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

II.1.

II.1. La recurrente, por memorial presentado el 12 de septiembre de 2006, solicitó al Alcalde, hoy recurrido, la aprobación del plano de los lotes de terreno de su propiedad, situados en la localidad de “Méndez Mamata” (fs. 1). A través del memorial presentado el 5 de diciembre de ese año, adjuntó la “Partida literal requerida” (sic) por la Alcaldía (fs. 2). El decreto del Asesor Legal de la Alcaldía, de 11 del mismo mes y año, dispuso que, previamente se paguen los aranceles a la División Técnica de Obras Públicas, para que se evacue el informe técnico necesario (fs. 29). Mediante memorial presentado el 19 de enero de 2007, la interesada, presentó denuncia ante el Concejo Municipal por la demora del referido trámite administrativo, contra el Alcalde y la arquitecta de la Alcaldía, y solicitó se les instaure proceso interno por la Comisión de Ética (fs. 3 a 4). Por decreto de 27 de marzo del referido año, el Presidente del Concejo Municipal, y los miembros de ese órgano deliberante, instaban a los funcionarios municipales a obrar con estricto apego a la normativa vigente, debiendo el Alcalde resolver lo impetrado a la brevedad posible (fs. 4 vta.).