SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
i)
Con los antecedentes expuestos, el recurrente plantea recurso de amparo constitucional contra Lady Nery Saavedra Murguía, Presidenta; Leddy Machicado Miranda, Concejal-Secretaria; Evelyn Herenia García Grandy Concejala titular; Sofía Ortega, Concejala suplente, en ejercicio de la titularidad; y Javier Edgar Laura Matta, Concejal titular, todos del Concejo Municipal de Guanay; solicitando: i) Se declare procedente el recurso; ii) El restablecimiento de su derecho al ejercicio del cargo de concejal Municipal de Guanay; y, iii) Se establezca responsabilidad civil y penal.
El art. 34 de la misma norma legal municipal, establece, en cuanto a la suspensión temporal o definitiva: “I. La suspensión temporal del concejal procede por existir en su contra auto de procesamiento ejecutoriado en estrados judiciales, con el objeto de que pueda asumir su defensa o en los casos establecidos en la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 y sus Reglamentos, cuando corresponda. II. La suspensión definitiva del concejal procede por haber sido condenado con sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, tener pliego de cargo ejecutoriado o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, o en los casos contemplados en la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 y sus Reglamentos, cuando corresponda” (el subrayado es nuestro).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- se determinó por mayoría de votos, no dar curso a su incorporación, por motivos de carácter legal, en vista de existir contra su persona un proceso judicial por la vagoneta siniestrada de propiedad del Municipio
- 2º DISPONE