Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.8.
II.8. A través del Cite HCMG-D-0405/2006 de 1 de septiembre, Lady Nery Saavedra Murguía, Presidenta del Concejo Municipal y Leddy Machicado Miranda Secretaria del mismo, hicieron conocer al recurrente, que en sesión ordinaria 042/2006 de 29 de agosto, se analizó su solicitud escrita de reincorporación como concejal titular del Concejo Municipal de Guanay, y que sometida a votación, se determinó por mayoría de votos, no dar curso a su pedido, por motivos de carácter legal, en vista de que su persona tenía un proceso judicial, por una vagoneta siniestrada de propiedad del Municipio y mandamiento de aprehensión emitido por la Fiscal de Caranavi (fs. 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- “procedente”
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- se determinó por mayoría de votos, no dar curso a su incorporación, por motivos de carácter legal, en vista de existir contra su persona un proceso judicial por la vagoneta siniestrada de propiedad del Municipio
- 2º DISPONE