Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0938/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 200/2007 de 22 de mayo, cursante de fs. 44 a 46, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia, DENIEGA la tutela demandada, sin ingresar al análisis de fondo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 12
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Del requisito de acompañar la prueba en que funda la pretensión
- sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- III.4. Del caso de análisis
- denegado
- APROBAR