Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0938/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
denegado
Por consiguiente, se constata que el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, aunque también con otros fundamentos aparte del analizado, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales, así como una correcta aplicación del art. 19 de la CPEabrg, ahora 128 de la CPE y arts. 97 y 98 de la LTC.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 12
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Del requisito de acompañar la prueba en que funda la pretensión
- sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- III.4. Del caso de análisis
- denegado
- APROBAR