Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0955/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III.7. Análisis del caso concreto
Los hechos alegados y derechos supuestamente vulnerados que estableció en su recurso de amparo el accionante se resume en lo siguiente: "El momento en el cual la Sala Penal Segunda, no ha cumplido con el mandato de la ley que obliga a subsanar el procedimiento al evidenciar que se habría resuelto un recurso de declinatoria de competencia sin previa audiencia y no se hizo conocer este aspecto a la juez séptimo de instrucción en lo penal; por lo que al haber omitido esa función de controlar los derechos de las partes se ha vulnerado los derechos de las partes" (sic).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II. 4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.12
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- Fragmento 19
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El amparo constitucional y sus requisitos
- art. 49 del CPP
- refiriéndose a lo previsto por el art. 49 del CPP señala que:
- Fragmento 26
- III. 5. Sobre la oportunidad y el modo de plantear las excepciones
- para proteger la libertad, la seguridad
- III.7. Análisis del caso concreto
- debe hacerlo de manera escrita,
- .
- denegado
- APROBAR