Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0983/2010-R
Fecha: 20-Ago-2010
ha lesionado el derecho de la accionante al debido proceso en su elemento de la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales
Normas que están destinadas a proteger el debido proceso, de tal manera que si se obvia la fundamentación, se lesiona un derecho fundamental y a la vez una garantía de orden jurisdiccional. Situación que sucedió en el presente caso, puesto que como se tiene expuesto, la autoridad demandada al no fundamentar ni responder a los puntos objeto de apelación, ha lesionado el derecho de la accionante al debido proceso en su elemento de la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales. Por tanto, corresponde otorgar la tutela solicita únicamente respecto a este derecho.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 10
- III.2.1. La seguridad jurídica como principio en el nuevo orden constitucional
- III.2.2. En cuanto al de
- En cuanto al derecho a la salud,
- Fragmento 14
- por cuanto el derecho al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, resulta conexo con el hecho expuesto en la demanda y con su petitorio
- SC 0742/2010-R de 26 de julio
- III.4. Análisis del caso
- carece en absoluto de fundamento jurídico o debida fundamentación
- tiene por finalidad, garantizar la seguridad y la convivencia pacífica y ordenada de los internos
- en cuanto a la actuación de los jueces de ejecución penal, al emitir sus resoluciones también están impelidos a hacerlo de manera fundamentada
- ha lesionado el derecho de la accionante al debido proceso en su elemento de la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales
- APROBAR