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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1001/2010-R

    Fecha: 23-Ago-2010

    improcedente

      En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que el caso planteado no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de los arts. 19 de la CPEabrg, ahora 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber declarado no haber lugar, y por consiguiente improcedente el amparo, ha efectuado una adecuada compulsa y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.

    • recurso de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • Fragmento 4
    • Fragmento 5
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • "recurso de
    • "accionante"
    • III.3. Amparo constitucional y la legitimación pasiva
    • III.4. El caso en examen
    • improcedente
    • APROBAR

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