SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

a)

El abogado recurrente, ratifico in extenso los  términos del recurso planteado, y los amplió señalando: a) Su persona reclamó la devolución de los Bs100.-, que su defendido pagó por concepto de multa, lo que consultado al Jefe de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familiar, éste los devolvió pero dispuso su arresto por ocho horas, que no las ha cumplido por haberlo dejado en libertad pura y simple al haber interpuesto este recurso, sin embargo el arresto fue ordenado sin considerar que esa medida solo puede ser dispuesta por la autoridad jurisdiccional o el fiscal con la finalidad de realizar una investigación de delitos, conforme lo señala el art. 225 del CPP; y, b) El caso de su defendido que se atendió en la referida Unidad, fue por riñas  y peleas para lo cual no existe arresto, salvo excepción cuando hay un procedimiento policial, en el que se debe dictar una resolución con el informe del funcionario de turno asignado al caso,  disponiendo la multa o sanción, lo que no ha ocurrido en el presente caso en el que no existe una resolución que imponga la multa a su defendido menos su arresto, lo que constituye un acto arbitrario, reiterando se declare procedente el recurso con daños y perjuicios.