SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
funcionario policial,
El correcurrido, funcionario policial, Severo Mamani Churata, en audiencia manifestó: i) Sentada la denuncia contra el representado del recurrente por parte de sus hermanos, se lo citó para que comparezca a la audiencia de conciliación, donde reconoció que en estado de ebriedad provocó con insultos a los denunciantes, ocasionando se agredan mutuamente, señalando sus hermanos que actúa de esa manera en forma frecuente, por lo cual solicitaron garantías, habiendo firmado un acta de garantía, comprometiéndose los denunciantes a resarcir una parte de los gastos médicos, disponiéndose el arresto del representado del recurrente, por ocho horas; y, ii) Conforme a su Reglamento existen sanciones por faltas, se consultó al infractor de que hay una compensación conforme a Reglamento, señalando que trabaja y pagaría la multa de Bs100.-, para luego retornar con su abogado para pedir la devolución del dinero y sea arrestado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- Jefe Policial de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familiar Número Dos,
- funcionario policial,
- procedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de hábeas corpus
- Fragmento 13
- III.3. Unidades de Conciliación Ciudadana y Familiar
- Fragmento 15
- III.4. El caso en examen
- Fragmento 17
- REVOCAR