Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
III.4. El caso en examen
Sin embargo, de lo señalado precedentemente, es necesario referirse a la Resolución emitida por el Juez de garantías, dentro de esta acción tutelar, aclarando que la SC 0866/2007-R de 12 de diciembre, que le sirve de fundamento para declarar la procedencia de la ahora acción de libertad, no es aplicable, por tratarse de supuestos fácticos diferentes.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Funcionarios recurridos y petitorio
- a)
- Jefe Policial de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familiar Número Dos,
- funcionario policial,
- procedente
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de hábeas corpus
- Fragmento 13
- III.3. Unidades de Conciliación Ciudadana y Familiar
- Fragmento 15
- III.4. El caso en examen
- Fragmento 17
- REVOCAR