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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1028/2010-R

    Fecha: 23-Ago-2010

    Fragmento 17

             Descartado entonces en principio de que se pueda tutelar el “derecho a la seguridad jurídica” invocado por la entonces recurrente hoy accionante, por las consideraciones precedentes, corresponde establecer si el derecho denunciado como vulnerado, puede o no merecer la tutela del amparo constitucional.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante
    • En cuanto a la seguridad jurídica
    • un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
    • SC 0070/2010-R
    • En cuanto al derecho al trabajo
    • Fragmento 17
    • III.3.
    • la Ordenanza Municipal impugnada no vulnera el derecho al trabajo, como arguye en la demanda la accionante, sino que las autoridades demandadas emitieron las Ordenanzas Municipales, conforme a las facultades que les otorga la ley
    • APROBAR

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