Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1030/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 37/2008 de 13 de junio, cursante de fs. 133 a 135, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Vicente Pañuni Mamani, Elías Pañuni Mollo y Francisca Pañuni Mamani contra Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, al trabajo, al comercio y a reunirse y asociarse con fines lícitos, citando al efecto los arts. 6 y 7 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- Fragmento 11
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Respecto de la persecución ilegal y procesamiento indebido y su protección a través de la acción de libertad
- III.4.1.
- III.4.2.