Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
2) En cuanto a los actos denunciados como lesivos al derecho de su mandante
Refieren que fue procesada a pesar de no estar sometida a la Ley 2027 de 27 de octubre de 1999, toda vez que el contrato de prestación de servicios suscrito entre su mandante y el SNC, implica una contratación eventual, con especificaciones y plazos definidos, concluyendo que al estar agotada la vía administrativa, con los resultados negativos evidenciados, ante hechos que ponen en riesgo el derecho a la seguridad jurídica y la incertidumbre del comportamiento del SNC, se ve en la necesidad de requerir la tutela jurídica para restituir su derecho.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1) En cuanto a la relación de hechos con relevancia constitucional
- 2) En cuanto a los actos denunciados como lesivos al derecho de su mandante
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- i)
- II.1.
- Fragmento 11
- III.1. Operatividad y Aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- “recurso de amparo constitucional”.
- III.3. La acción de amparo y el principio de inmediatez
- es un mecanismo sencillo, rápido y efectivo para la protección de Derechos Fundamentales no tutelados por otros recursos específicos
- no cumple con el requisito de la inmediatez;
- APRUEBA