Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Piden que se declare la procedencia del recurso planteado, anulando la Resolución Presidencial 249/2007, así como las demás Resoluciones y el proceso tramitado en contra de la mandante de las recurrentes por ser totalmente arbitraria y encontrarse fuera del ámbito de aplicación de las normas en la que se sustenta.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1) En cuanto a la relación de hechos con relevancia constitucional
- 2) En cuanto a los actos denunciados como lesivos al derecho de su mandante
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- i)
- II.1.
- Fragmento 11
- III.1. Operatividad y Aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- “recurso de amparo constitucional”.
- III.3. La acción de amparo y el principio de inmediatez
- es un mecanismo sencillo, rápido y efectivo para la protección de Derechos Fundamentales no tutelados por otros recursos específicos
- no cumple con el requisito de la inmediatez;
- APRUEBA