Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La abogada de las recurrentes, ratifica in extenso los términos del recurso planteado, añadiendo que, resulta extraño y se desconoce hasta la fecha de la audiencia, cual habría sido el motivo para que se haya procesado únicamente a la representada por las recurrentes, no habiendo otros procesos a las demás personas que firmaron dicho convenio, es por esa razón y las explicadas en el memorial de interposición del recurso, que se pide la tutela al haberse vulnerado a la seguridad jurídica de su cliente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- 1) En cuanto a la relación de hechos con relevancia constitucional
- 2) En cuanto a los actos denunciados como lesivos al derecho de su mandante
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- i)
- II.1.
- Fragmento 11
- III.1. Operatividad y Aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- “recurso de amparo constitucional”.
- III.3. La acción de amparo y el principio de inmediatez
- es un mecanismo sencillo, rápido y efectivo para la protección de Derechos Fundamentales no tutelados por otros recursos específicos
- no cumple con el requisito de la inmediatez;
- APRUEBA