Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 11 de 12 de julio de 2007, cursante de fs. 44 a 45, pronunciada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando; y en consecuencia, DENIEGA la tutela.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- b)
- improcedente
- iii)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Sobre la interposición de acciones tutelares cuando un anterior recurso se encuentra pendiente de resolución
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR