Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
Fragmento 3
Conforme a los antecedentes, planteó el recurso de amparo constitucional contra Marlene Pino de Terán y Juan de la Cruz Vargas Vilte, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista de 23 de marzo de 2007, disponiendo que las autoridades recurridas pronuncien una nueva resolución, y se declare inadmisible el recurso de apelación incidental contra el Auto de 21 de junio de 2006.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercero interesada
- denegó
- 1)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- Fragmento 10
- III.3. De las resoluciones judiciales susceptibles de apelación incidental y el caso analizado
- 2) La que resuelve una excepción;
- improcedencia” de la acción de amparo constitucional,
- APROBAR