SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

1)

Hermo Carlos Martínez Tapia, autoridad recurrida, en su informe cursante a fs. 94 y vta., señaló: 1) El suscrito Juzgador, se limitó a resolver la apelación con la congruencia que impone el art. 236 del Código de Procedimiento Penal (CPC); 2) No se ha estimado una pretendida violación al derecho de igualdad acusada al Juez a-quo, por haber dejado sin efecto de oficio el embargo, sin que se haya corrido traslado al ejecutado para la demostración de la inembargabilidad del bien embargado; 3) Se ha confirmado la Resolución de primera instancia, por que el art. 169 la CPEabrg, y el art. 41 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA), le otorga la calidad de inembargable a la pequeña propiedad, conforme lo ha precisado la SC “0446/00-R”; y, 4) Es la propia norma legal que clasifica a las propiedades agrarias y entre ellas reconoce a la pequeña propiedad, con un máximo de extensión y por supuesto, en consideración a su ubicación geográfica; que ésta sea cultivable o no, corresponde a la jurisdicción agraria.