SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

1)

Marcelo Delgadillo Montellano, Fiscal de Materia recurrido, presentó informe oral en audiencia señalando lo siguiente: 1) El desistimiento planteado es solo de una de las víctimas ya que la víctima principal de los delitos ratificó su querella por la comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado; 2) Conforme a la SC 0673/2007-R el Fiscal tiene la facultad de citar a cualquier ciudadano a objeto del esclarecimiento de los hechos investigados en observancia a la dirección funcional de la investigación reconocida en los arts. 297 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 14 inc. 3) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), es precisamente en base a estos artículos que libró una orden de citación en contra de la recurrente, quien incumple dicha orden y pretendió justificar su incomparecencia con una receta porque se dio aplicación al art. 62 de LOMP; y, 3) Luego, guarda su derecho constitucional de abstenerse de prestar su declaración y considerando la existencia de suficientes elementos de una probable participación presentó imputación formal al Juez cautelar dentro de las veinticuatro horas de ley; consecuentemente, no existe ninguna detención ilegal o indebida porque se cumplieron todas las formalidades establecidas en la ley y la orden de aprehensión fue cumplida en virtud a los arts. 226 y 228 del CPP.