SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega como lesionados los derechos a la “seguridad jurídica”, a la petición y de la garantía al debido proceso de la comunidad Ocotavi, ya que el municipio de Caracollo, que supuestamente aportaba a esta con dinero que recibía del “HIPC I y II”, correspondiente a la participación popular, jamás estos fondos se vieron reflejados en mejoras, por lo que frente a estos hechos, iniciaron un proceso administrativo ante la Prefectura de Oruro, sobre la reposición de la Comunidad ya citada, al municipio de Soracachi, en virtud a la existencia de la Ley de Creación del Cantón Lequepalca, por estar históricamente dentro del cantón Paria; y por la Ley de Creación del Municipio de Sorocachi, que cuenta entre sus cantones a Paria y a Lequepalca; empero, simultáneamente, el Alcalde del municipio de Caracollo, estuvo tramitando que la Unidad Educativa Central Cruce Ocotavi, denominada Franz Tamayo, pase a su jurisdicción, hecho que dio lugar a la realización de reclamos y movilizaciones ante el SEDUCA de Oruro, que derivaron en la suscripción de un acta de transacción el 8 de marzo de 2007, en la que claramente se establece que la Unidad Educativa Central Cruce Ocotavi, continuará perteneciendo al Distrito 6, mientras se defina la delimitación territorial; sin embargo, el 12 de junio del ya referido año, la Dirección del SEDUCA de Oruro a cargo del recurrido, emitió la RA 011/07, que en su artículo primero, autoriza a la Dirección Distrital de Educación de Caracollo, la administración de la Unidad Educativa Franz Tamayo, Resolución que no les fue notificada. En consecuencia, corresponde analizar en revisión si se concedió correctamente la tutela solicitada.