AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2010-RCA

Fecha: 07-Sep-2010

Fragmento 11

En principio, corresponde indicar que el Tribunal de garantías no obró correctamente al declarar la improcedencia in límine de la acción, argumentando que el recurrente debió denunciar la supuesta falsedad y uso de instrumento falsificado, de la libreta de servicio militar del postulante Reymi Luís Ferreira Justiniano, ante las instancias ordinarias correspondientes, considerando que el actor a través de la interposición de esta acción extraordinaria, no persigue el procesamiento penal del mencionado postulante, sino que los recurridos tramiten la impugnación interpuesta conforme a lo establecido en la Resolución a convocatoria ICU 11-2008.