AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2010-RCA

Fecha: 07-Sep-2010

revisión

En revisión la Resolución 121 de 31 de julio de 2008, cursante de 51 a 52 y vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Benjamín Saúl Rosas Ferrufino contra Norah Matienzo de López, Carlos Terrazas Roca, Jorge F. Rojas Bonilla, Napoleón  Illanes Guzmán, Miguel Justiniano  Leng, Valentín  Pinto A., Hugo Nogales Loaiza Loayza, Miguel Ángel Urcullo Flores, Julio Coronado  Loayza, Fidel Castedo Hurtado, Miguel Justiniano Lenz, Luís Antezana Parra, Albert Cerna Aramayo, Jorge Esteban Santisteban Hurtado: miembros del Comité Electoral  de la Universidad Autónoma "Gabriel René Moreno" (UAGRM), por la vulneración de sus derechos a la capacidad jurídica, a la igualdad de las partes y a la seguridad y a la "aplicación de la Ley", citando al efecto los arts. 6, 7 inc. a), 32, 221, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).