AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2010-RCA

Fecha: 21-Sep-2010

II.2. La vigencia de los principios de subsidiariedad e inmediatez en la acción de amparo constitucional

La acción de amparo constitucional instituida por el art. 128 de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley; constituye un medio de tutela de carácter extraordinario, que está regido por los principios de subsidiariedad e inmediatez.