AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2010-RCA

Fecha: 21-Sep-2010

en forma oportuna e inmediata, sin dilaciones ni demoras,

Por consiguiente, al no haber solicitado el agraviado u otra persona a su nombre con poder suficiente el restablecimiento de sus supuestos derechos conculcados en forma oportuna e inmediata, sin dilaciones ni demoras, se determina la improcedencia in limine del recurso, por haberse interpuesto el recurso en forma extemporánea, sin observar el plazo de los seis meses establecido por el art. 129.II de la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia de este Tribunal, aspecto que imposibilita se ingrese a analizar otras consideraciones de orden procesal dada la extemporaneidad del mismo.