SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2010

Fecha: 20-Sep-2010

en el punto quinto, dejó sin efecto la RA de Desestimación de Recurso 001/SCI/07, por no enmarcarse al art. 4 del Reglamento del DS 27328, Resolución que es objeto de impugnación en el presente recurso y que fue emitida con anterioridad a su presentación

Sin embargo, tal como se indica en la conclusión II.4 de la presente Resolución, el Prefecto a.i., del departamento de Pando, dictó la RA 001/07 de 6 de junio de 2007, que en su parte Resolutiva, desestimó el recurso de impugnación planteado, confirmando la Resolución 003/SCI/07; asimismo, en el punto quinto, dejó sin efecto la RA de Desestimación de Recurso 001/SCI/07, por no enmarcarse al art. 4 del Reglamento del DS 27328, Resolución que es objeto de impugnación en el presente recurso y que fue emitida con anterioridad a su presentación, por lo que en aplicación de la jurisprudencia constitucional, "…este Tribunal no puede efectuar análisis alguno respecto de las resoluciones y actos acusados en la demanda, pues -se reitera- no tienen existencia jurídica..." (negrillas son nuestras)                      (SC 0043/2001 de 18 de junio).

Que, por lo expuesto corresponde declarar infundado el recurso, dado que los actos y Resoluciones impugnadas ya fueron dejadas sin efecto con anterioridad a la presentación del recurso y su admisión, de manera que al no estar vigentes no puede declararse nulidad alguna y menos declarar fundado el recurso.